El PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES (PEAC) permite obtener una acreditación oficial a aquéllas personas que tienen experiencia laboral demostrable, o que han recibido formación no formal (formación que no tiene reconocimiento oficial y que está directamente relacionada con la cualificación profesional que se desea acreditar.)
En nuestra CCAA, el procedimiento es gestionado por el INSTITUTO EXTREMEÑO DE CUALIFICACIONES Y ACREDITACIONES (IECA), organismo integrado en la DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y FORMACIÓN PARA EL EMPLEO.
El RD 143/2021, supone una tranformación importante en el funcionamiento del PEAC, al pasar de un sistema de convocatorias periódicas al procedimiento abierto de forma permanente. Esto supone que los interesados podrán solicitar la admisión en el procedimiento en cualquier momento y para todas las unidades de competencia que se ofertan en nuestra CCAA.
Te puede interesar si:
–Si abandonaste tus estudios para incorporarte al mundo laboral y has aprendido tu profesión en tu puesto de trabajo.
–Si has realizado actividades no remuneradas (voluntariado) que te han permitido adquirir competencias del mundo laboral
-O te has formado por vías no formales.
No podrás participar si:
–Tienes un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad que contiene las unidades de competencia (UC) objeto de la inscripción, o si tienes acreditadas las unidades de competencia objeto de la inscripción por haber superado los módulos formativos o profesionales asociados a las mismas.
-Si estás matriculado y cursando durante el desarrollo del procedimiento los módulos formativos o profesionales asociados a todas o alguna de las unidades de competencia objeto de la inscripción.
Para participar en este procedimiento de acreditación de competencias, se requiere la nacionalidad española o permiso de residencia o trabajo, además de cumplir los siguientes requisitos:
El PEAC es un conjunto de actuaciones dirigidas a reconocer, evaluar y acreditar oficialmente las competencias profesionales adquiridas mediante la experiencia laboral o por vías no formales de formación, siguiendo criterios que garantizan la fiabilidad, objetividad y rigor técnico de la evaluación.
Los fines del Procedimiento de Evaluación y Acreditación de Competencias, son:
A este procedimiento puede optar cualquier persona que haya adquirido competencias profesionales a través de su experiencia laboral o a través de la formación no formal.
Te puede interesar si:
No podrás participar si:
Para participar en este procedimiento de acreditación de competencias, se requiere la nacionalidad española o permiso de residencia o trabajo, además de cumplir los siguientes requisitos:
Próximamente se publicará la orden que dará apertura al procedimiento, desde ese momento y como novedad, el procedimiento pasará a estar abierto de forma permanente para todas las cualificaciones que tengan oferta formativa en la CCAA de Extremadura.
Estará abierto para TODAS las Unidades de Competencia incluidas en los títulos de Formación Profesional y Certificados de Profesionalidad ofertados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que integran cualificaciones profesionales de interés para la población trabajadora de Extremadura.
Nacionalidad española, permiso de residencia o trabajo. 20 años cumplidos (18 para unidades de competencia nivel I). Experiencia laboral o formación no formal relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar. Experiencia laboral: • 3 años, con un mínimo de 2000 horas trabajadas, en los últimos 15 años, para competencias de nivel II y III • 2 años, con un mínimo de 1200 horas, para competencias de nivel I Formación no formal: • 300 horas, en los últimos 10 años, para competencias de nivel II y III • 200 horas para competencias de nivel I.
Para acceder al procedimiento, debe reunir los siquientes requisitos:
A. Acceso por experiencia laboral:
B. Acceso por formación no formal:
La persona interesada debe presentar la solicitud de inscripción una vez se inicie la apertura del procedimiento, aportando documentación justificativa de su historial profesional y formativo.
El candidato admitido participará en un procedimiento que consta de tres fases:
Una vez que la persona candidata es admitida, pasará por tres fases:
Fase de Asesoramiento: En esta fase el candidato, ayudado por un asesor, conoce las posibilidades de acreditar las competencias. Se desarrolla en reuniones conjuntas e individuales.
Fase de Evaluación: Una comisión de expertos decide si el candidato/a demuestra o no las competencias. Puede ocurrir que la comisión de evaluación considere que la documentación sea suficiente para acreditar una unidad de competencia o puede que no; si cree que no está suficientemente evidenciada, puede aplicar pruebas o comprobar en el entorno laboral si la personas realmente tiene adquiridas las habilidades y conocimientos de la unidad de competencia.
Fase de acreditación y registro: En esta fase, la persona candidata solicita, y la Administración registra y acredita las unidades de competencias demostradas.
Es aquella formación que no conduce a una acreditación oficial; es decir, la que no conduce a la obtención de un certificado de profesionalidad o de un título de formación profesional.
La inscripción se cumplimentará telemáticamente, desde el acceso disponible en la plataforma web de gestión del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales en la comunidad autónoma de Extremadura. (https://peac.juntaex.es) Para ello deberá registrarse en dicha aplicación, obteniendo su usuario y contraseña.
Esta es la documentación que necesitará recabar para presentar en un procedimiento de evaluación y acreditación de competencias:
DOCUMENTACIÓN GENERAL
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA EXPERIENCIA LABORAL
Deberá aportar la siguiente documentación dependiendo de la modalidad de trabajo que acredite el solicitante:
Anexo III o documento que incluya la descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA FORMACIÓN NO FORMAL:
Podrá registrar su solicitud de las siguientes :
a. Si dispone de certificado digital, y su documentación a adjuntar se encuentra digitalizada: Puede subir los documentos directamente a la aplicación (paso 4 del proceso de generación de nueva solicitud) y firmar y registrar la solicitud directamente tras validarla.
b. Si no dispone de certificado digital, pero sí de su documentación digitalizada: Puede subir los documentos directamente a la aplicación (paso 4 del proceso de generación de nueva solicitud), pero deberá imprimir la solicitud en papel, firmarla y registrarla en oficina de registro.
c. Si no dispone de certificado digital ni de documentación digitalizada: Deberá imprimir la solicitud en papel, firmarla y registrarla, junto con toda la documentación a adjuntar, en oficina de registro.
En caso de optar por el registro presencial, la documentación se registrará en las oficinas y sedes de la Consejería de Educación y Empleo o en cualquiera de las oficinas integradas del Sistema de Registro único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura e irá dirigida a:
En todo caso, la solicitud no será válida, si no se ha realizado previamente en la aplicación informática habilitada.
Pueden ser reconocidas las que están incluidas en una CUALIFICACIÓN PROFESIONAL.
Las cualificaciones son el conjunto de conocimientos y capacidades que permiten el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo.
Este conjunto de conocimientos y capacidades vienen agrupadas en Unidades de Competencia.
Es aquella formación que no conduce a una acreditación oficial; es decir, la que no conduce a la obtención de un certificado de profesionalidad o de un título de formación profesional.
Se puede acceder si se cumple el mínimo exigido de una de las dos vías de acceso. Es decir se puede acceder por tener experiencia laboral o por tener formación no formal.
Un título de Formación Profesional acredita una o más cualificaciones profesionales y tiene efectos profesionales y académicos. Un certificado de profesionalidad acredita una cualificación profesional y sólo tiene efectos profesionales. Los títulos de FP. son expedidos por la Administración educativa. Los certificados de profesionalidad son expedidos por la Administración laboral.
En cuanto a sus contenidos, los certificados de profesionalidad y lo títulos de FP incluyen módulos asociados al Catálogo Nacional de Cualificaciones. Sin embargo, los títulos incluyen además, otros módulos no asociados, como puedan ser Formación y orientación laboral, Primeros auxilios, Empresa e iniciativa emprendedora.
Las personas mayores de 25 años que reúnan los requisitos de la convocatoria pero no puedan justificarlo mediante los documentos que indica la convocatoria, pueden solicitar su inscripción provisional, presentando la justificación mediante alguna prueba admitida en derecho. Se crea una comisión especial que valorará cada caso y decidirá si se les admite o no en el procedimiento.
La acreditación de todas las unidades de competencia de tu cualificación profesional te permitirá obtener un Certificado de Profesionalidad y, será un primer paso para, si cumples otros requisitos, conseguir un Título de Formación Profesional. Ambos favorecerán tus oportunidades en el mercado de trabajo así como tu progresión personal y profesional.
Si a través del PEAC acreditas todas las unidades de competencia que se recogen en el título de Técnico o de Técnico Superior al que estés interesado, y además cursas el resto de la formación (los módulos profesionales no asociados a unidades de competencia : Formación y Orientación Laboral (FOL); Empresa e Iniciativa Emprendedora; Inglés Técnico; Formación en Centros de Trabajo (FCT), etc…) Podrías obtener el título de técnico o técnico superior, si cumples los requisitos de acceso.
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