La nueva Directiva de la UE sobre Información Corporativa en Sostenibilidad exime de obligaciones a la mayor parte de empresas

La UE ha dado el paso más importante de los últimos años en información corporativa sobre sostenibilidad. El 26 de febrero se publicó en el Diario Oficial de la UE la Directiva (UE) 2026/470 (Directiva Ómnibus I), en vigor desde el 18 de marzo. Reescribe de forma sustancial dos normas clave aprobadas apenas unos años antes: la Directiva sobre Información Corporativa en materia de Sostenibilidad (CSRD) y la Directiva de Diligencia Debida (CS3D o CSDDD).

El cambio más destacado es el recorte del ámbito de aplicación. Hasta ahora, miles de empresas medianas se preparaban para reportar información no financiera con el mismo rigor que sus cuentas anuales. La nueva directiva eleva el listón: a partir de los ejercicios que arranquen el 1 de enero de 2027, solo estarán obligadas a presentar información de sostenibilidad las compañías que superen los 450 millones de euros de facturación neta y los 1.000 empleados. Es decir, quedan fuera entre el 80% y el 90% de las empresas que en un principio iban a verse afectadas.

Las empresas que quedan fuera del nuevo umbral podrán seguir informando de manera voluntaria, con unos estándares simplificados (VSME) que la Comisión Europea aprobó el mes pasado. Los Estados miembros, además, podrán eximir a las compañías de la llamada Ola 1 (las que ya reportaban o debían hacerlo) de presentar información de los ejercicios 2025 y 2026.

La reforma suaviza también las exigencias de verificación de los datos: desaparece la posibilidad de exigir en el futuro una verificación «razonable» y se mantiene solo la limitada, menos exigente. Y en la cadena de suministro, la Ómnibus I limita la vigilancia a los proveedores directos con más de 500 empleados (fuera queda la evaluación obligatoria de socios indirectos) y recorta el volumen de información que las grandes empresas pueden pedir a las que forman parte de su cadena de valor.

Los Estados miembros tienen doce meses desde la entrada en vigor para trasponer la directiva, lo que sitúa el límite en marzo de 2027. España llega con una tarea pendiente: sigue sin completar la transposición de la CSRD original, y las empresas continúan operando bajo el paraguas de la Ley 11/2018 de información no financiera. Fuentes del sector legal describen la situación como «un mosaico regulatorio». Las compañías que ya habían empezado a adaptarse tendrán que decidir ahora si siguen por esa senda o esperan a que se aclare el nuevo marco.

Para las empresas extremeñas, mayoritariamente pymes, el efecto directo es limitado: casi todas están muy por debajo de los nuevos umbrales de facturación y plantilla. El impacto indirecto es otra cosa. Las que trabajan como proveedoras de grandes compañías obligadas a reportar podrían seguir recibiendo solicitudes de información sobre sus prácticas ambientales, sociales y de gobernanza, aunque de forma más acotada que en el diseño original de la norma.