El registro retributivo obligatorio nace con multitud de dudas y sin la herramienta de gestión prometida por el Ministerio de Trabajo

El registro retributivo obligatorio nace con multitud de dudas y sin la herramienta de gestión prometida por el Ministerio de Trabajo

El 14 de abril entró en vigor la obligación para todas las empresas de contar con registros de retribuciones desagregados por sexos, aunque realmente la presentación de estos datos no se haría hasta final de mes, ya que lo que deben reflejarse son los salarios devengados.

Esta nueva norma, al margen de generar nuevas cargas burocráticas para todas las empresas y autónomos, independientemente del tamaño de su negocio, sigue, según explica el Secretario General de la CREEX, Javier Peinado, marcada por multitud de dudas sobre cómo ha de llevarse a cabo.

“El Ministerio de Trabajo se comprometió, en el seno del diálogo social con las organizaciones a nivel estatal, a poner en marcha una herramienta, una aplicación que permitiese a empresas y autónomos saber a ciencia cierta qué debía incluir ese registro retributivo de manera sencilla y clara para evitar que la Inspección de Trabajo levantase actas de sanción por incumplimiento porque faltase tal o cual dato. Aún estamos esperando esa herramienta, porque la alternativa es que el pequeño empresario tenga que poner la elaboración del registro en manos de una gestoría, lo que incrementaría el gasto”, apunta Peinado.

Además, indica que desde la CREEX “estamos orientando hasta donde podemos y a la espera de que esta herramienta se genere, para incluirla en nuestra web y que todos los empresarios extremeños la puedan usar, pero aquí andamos aún, a dos semanas de presentar los primeros registros y sin la aplicación”.

Otra duda, en vías de resolución, es si el registro puede colisionar con la Ley de Protección de Datos: “se dice que los representantes de los trabajadores deben tener acceso al registro, pero, ¿qué pasa en las empresas sin representación sindical? Si se da acceso a los trabajadores, podemos estar colisionando con la protección de datos de carácter sensible”, comenta el dirigente de la única organización representativa de todo el tejido productivo extremeño.

Aquí la solución vendría, añada, porque en el registro no figuren los nombres, sino solo puesto, categoría, sexo y retribución, “y estamos negociando para que no haya que detallar salario a salario, sino medias salariales y varianzas en función de grupos de trabajo con puestos similares desagregados por sexo”.

Finalmente, el Secretario General de la CREEX apunta a dos situaciones en las que la norma no aclara obligaciones. La primera sería las empresas con un solo trabajador, y la segunda aquellas empresas donde todos sus trabajadores pertenezcan al mismo sexo, como se da en algunas de la construcción, donde todos son hombres, o en empresas de cuidados a dependientes, donde todo son mujeres. “¿Habría que presentar registro? La lógica dice que no, pero la ley no lo aclara”, concluye Javier Peinado.

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