La convocatoria apunta a que Extremadura cuenta con muy pocas empresas que tengan la consideración de gran empresa, lo que limita la innovación y la competitividad. Se considera además que la gran empresa es tractora en el ecosistema productivo por la generación de empleo y actividad vinculada, mientras afrontan retos como encarecimiento de costes, necesidad de modernización, deslocalización y falta de infraestructuras logísticas.
Finalidad de las ayudas
- Consolidar empleo de calidad.
- Favorecer inversión en modernización tecnológica y transición verde.
- Reforzar la competitividad frente a otras regiones.
- Atraer proyectos industriales de alto valor añadido.
- Alinear la estrategia con RIS3 Extremadura 2027 y la Estrategia de Transformación Digital 2027.
Procedimiento
- Régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, por razones de interés público, social y económico.
- Se busca agilidad y eficacia en la gestión, adaptándose a la diversidad de necesidades de las grandes empresas.
Objeto
- Establecer bases reguladoras de subvenciones para financiar actuaciones basadas en nuevas tecnologías que impulsen la transformación digital de grandes empresas.
- Mejorar eficacia, sostenibilidad y productividad, contribuyendo a la digitalización regional.
Régimen comunitario (Artículo 2)
- Las ayudas se consideran de minimis, sujetas al Reglamento (UE) 2023/2831.
- Límite de 300.000 euros en tres años por empresa.
- Obligación de declarar otras ayudas de minimis recibidas.
Entidades beneficiarias y requisitos
- Grandes empresas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas.
- Deben emplear al menos 250 trabajadores o superar determinados umbrales de volumen de negocio y balance.
- No pertenecer al sector público.
- Tener un centro productivo en Extremadura.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No estar incursas en prohibiciones legales (condenas, insolvencias, sanciones, incompatibilidades, residencia en paraísos fiscales).
- Cumplimiento de requisitos desde la solicitud hasta la justificación de la ayuda.
- En ayudas superiores a 30.000 euros, se exige acreditar cumplimiento de plazos de pago a proveedores según la Ley 3/2004.
Actuaciones subvencionables
- Procesos de transformación digital integrados en la actividad de la empresa, no simples adquisiciones de software o equipos.
- Ámbitos tecnológicos contemplados:
- Internet de las Cosas (IoT): dispositivos conectados, gestión de datos, seguridad, escalabilidad, integración en la nube.
- Inteligencia Artificial y Machine Learning: sistemas capaces de aprender, tomar decisiones, manejar grandes volúmenes de datos, garantizar seguridad y cumplimiento normativo.
- Realidad Aumentada (AR): combinación de elementos reales y virtuales, rastreo preciso, calidad visual, interacción natural, colaboración en tiempo real, seguridad y adaptabilidad.
- Realidad Virtual (VR): creación de entornos virtuales inmersivos (el texto continúa detallando este ámbito).
Texto completo del decreto