Decreto de convocatoria de ayudas para impulsar la digitalización de las grandes empresas

La convocatoria apunta a que Extremadura cuenta con muy pocas empresas que tengan la consideración de gran empresa, lo que limita la innovación y la competitividad. Se considera además que la gran empresa es tractora en el ecosistema productivo por la generación de empleo y actividad vinculada, mientras afrontan retos como encarecimiento de costes, necesidad de modernización, deslocalización y falta de infraestructuras logísticas.

Finalidad de las ayudas

  • Consolidar empleo de calidad.
  • Favorecer inversión en modernización tecnológica y transición verde.
  • Reforzar la competitividad frente a otras regiones.
  • Atraer proyectos industriales de alto valor añadido.
  • Alinear la estrategia con RIS3 Extremadura 2027 y la Estrategia de Transformación Digital 2027.

Procedimiento

  • Régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, por razones de interés público, social y económico.
  • Se busca agilidad y eficacia en la gestión, adaptándose a la diversidad de necesidades de las grandes empresas.

Objeto

  • Establecer bases reguladoras de subvenciones para financiar actuaciones basadas en nuevas tecnologías que impulsen la transformación digital de grandes empresas.
  • Mejorar eficacia, sostenibilidad y productividad, contribuyendo a la digitalización regional.

Régimen comunitario (Artículo 2)

  • Las ayudas se consideran de minimis, sujetas al Reglamento (UE) 2023/2831.
  • Límite de 300.000 euros en tres años por empresa.
  • Obligación de declarar otras ayudas de minimis recibidas.

Entidades beneficiarias y requisitos

  • Grandes empresas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas.
  • Deben emplear al menos 250 trabajadores o superar determinados umbrales de volumen de negocio y balance.
  • No pertenecer al sector público.
  • Tener un centro productivo en Extremadura.
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No estar incursas en prohibiciones legales (condenas, insolvencias, sanciones, incompatibilidades, residencia en paraísos fiscales).
  • Cumplimiento de requisitos desde la solicitud hasta la justificación de la ayuda.
  • En ayudas superiores a 30.000 euros, se exige acreditar cumplimiento de plazos de pago a proveedores según la Ley 3/2004.

Actuaciones subvencionables

  • Procesos de transformación digital integrados en la actividad de la empresa, no simples adquisiciones de software o equipos.
  • Ámbitos tecnológicos contemplados:
    • Internet de las Cosas (IoT): dispositivos conectados, gestión de datos, seguridad, escalabilidad, integración en la nube.
    • Inteligencia Artificial y Machine Learning: sistemas capaces de aprender, tomar decisiones, manejar grandes volúmenes de datos, garantizar seguridad y cumplimiento normativo.
    • Realidad Aumentada (AR): combinación de elementos reales y virtuales, rastreo preciso, calidad visual, interacción natural, colaboración en tiempo real, seguridad y adaptabilidad.
    • Realidad Virtual (VR): creación de entornos virtuales inmersivos (el texto continúa detallando este ámbito).

Texto completo del decreto