Convocadas las ayudas para el fomento de acciones de dinamización comercial para asociaciones y municipios

Te dejamos un resumen con los principales puntos y el texto completo de la resolución.

Objeto de la convocatoria

  • Se aprueba la segunda convocatoria de ayudas para acciones agrupadas de dinamización comercial en Extremadura.
  • Se entiende por acciones agrupadas aquellas iniciativas de promoción y dinamización del comercio local desarrolladas conjuntamente por varios comercios o sectores, buscando sinergias para atraer consumidores e incentivar la demanda.

Beneficiarios

  • Línea 1: Municipios y entidades locales menores de Extremadura.
  • Línea 2: Asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio que cumplan requisitos:
    • Ser entidades sin ánimo de lucro constituidas antes de la solicitud.
    • Desarrollar su actividad en Extremadura.
    • Que más del 50 % de los socios sean empresarios de comercio minorista (alimentario, industrial o fuera de establecimiento).
    • Que más del 80 % de los socios sean pymes.

Requisitos generales

  • Implicación activa de los comercios participantes en la publicidad y desarrollo del proyecto.
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Cumplir lo establecido en la Ley 6/2011 de Subvenciones de Extremadura.

Gastos elegibles

  • Difusión publicitaria (incluyendo redes sociales).
  • Cartelería, folletos, diseño e impresión.
  • Arrendamiento de bienes y equipos (carpas, stands, sonido).
  • Contratación externa para animación, seguridad, limpieza, seguros, montaje.
  • Guías comerciales digitales (máximo 2.000 €).
  • Material propagandístico o merchandising (hasta 40 % de la ayuda).
  • Puesta en marcha de marketplaces.
  • Desarrollo de software para captar clientes y programas de fidelización.
  • Decoración de establecimientos o espacios de eventos (hasta 40 % de la ayuda).
  • Sistemas inteligentes en áreas comerciales (IA, análisis de datos).

Gastos excluidos

  • Cócteles, premios y regalos promocionales.
  • Alquiler de locales y mobiliario urbano.
  • Gastos de personal propio.
  • Iluminación navideña.
  • Formación.
  • Intereses bancarios, sanciones y gastos judiciales.

Importe de la ayuda

  • Subvención del 90 % de los gastos elegibles.
  • Límites según población:
    • Municipios >20.000 habitantes: hasta 8.000 €.
    • Municipios entre 10.001 y 20.000: hasta 6.000 €.
    • Municipios entre 5.000 y 10.000: hasta 5.000 €.
    • Municipios <5.000 o entidades locales menores: hasta 4.000 €.
  • En proyectos supramunicipales, se computa la suma de poblaciones.

Procedimiento

  • Régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta.
  • Las ayudas se conceden conforme se soliciten, dentro del límite presupuestario.

Solicitudes

  • Plazo: desde la publicación en el DOE hasta el 31 de julio de 2026 o agotamiento del crédito.
  • Tramitación electrónica a través de la sede de la Junta de Extremadura.