Ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior destinadas a la pequeña y mediana empresa extremeña, dirigidas a fomentar su internacionalización y fortalecer sus capacidades digitales en la dirección de los mercados exteriores, así como realizar la primera convocatoria para el ejercicio 2024.
Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención del 75% de los gastos elegibles, a excepción de las actividades de participación en ferias comerciales de carácter internacional, tanto de manerapresencial como virtual, y de consultoría para la internacionalización digital y posicionamiento orgánico SEO internacional, en las que la intensidad de ayuda será
de 50% de los gastos elegibles. El importe máximo de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por convocatoria no podrá exceder de 30.000 euros.
Serán subvencionables los proyectos integrales de internacionalización, los planes de acción
exterior o las operaciones puntuales que encuadren una o varias de las actividades siguientes:
a) Participación en ferias comerciales de carácter internacional, tanto de manera presencial como virtual.
b) Misiones comerciales prospectivas o directas.
c) Misiones comerciales inversas.
d) Implantación en el exterior.
e) Registro de patentes y marcas en el exterior, así como homologaciones y certificaciones necesarias para la comercialización internacional de los productos.
f) Licitaciones internacionales.
g) Publicidad en el exterior, incluyendo campañas promocionales y publicitarias en medios digitales internacionales.
h) Presentaciones de productos, desfiles, demostraciones técnicas y talleres en vivo, así como otras acciones promocionales tanto de carácter presencial como virtual en los mercados de destino.
i) Consultoría para la internacionalización digital y posicionamiento orgánico SEO internacional.
j) Modificación, ampliación y reforma de la página web.
k) Material promocional en formato digital enfocado a mercados exteriores.
En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable habrá de alcanzar la cantidad de 1.000 euros (IVA excluido).
El plazo de solicitud concluye el 30 de septiembre de 2025.
Decreto regulador: