Ayudas estatales por los daños de los temporales entre noviembre y febrero

Decreto de ayudas por los daños causados por las borrascas. El decreto adopta medidas urgentes por los daños causados por una sucesión de fenómenos meteorológicos extremos entre noviembre de 2025 y febrero de 2026.
Las comunidades más afectadas son Andalucía y Extremadura, donde se registraron miles de incidencias, inundaciones, evacuaciones y daños graves en infraestructuras, agricultura y actividad económica.

Contexto meteorológico y magnitud del impacto

  • Borrascas como Leonardo y Marta provocaron lluvias persistentes, vientos fuertes y desbordamientos.
  • En Andalucía y Extremadura se registraron más de 9.500 incidencias, 12.400 desalojados y 150 carreteras cortadas.
  • Los embalses experimentaron incrementos históricos de volumen, obligando a desembalses controlados.

Declaración de “zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil”

El Consejo de Ministros declara esta situación para los territorios afectados entre el 10/11/2025 y el 9/02/2026, lo que habilita la aplicación de un amplio paquete de ayudas.

Ayudas a personas, viviendas y entidades locales

Para particulares

  • Incremento de las ayudas por daños personales y materiales.
  • Posibilidad de anticipos del 50% de la ayuda mediante declaración responsable.
  • Ayuda específica para personas desalojadas hasta que puedan volver a su vivienda.

Para ayuntamientos extremeños

  • Ayudas para reparación, restitución o reconstrucción de infraestructuras municipales.
  • Anticipo del 100% de la ayuda máxima, algo novedoso.
  • Incluye por primera vez la financiación de redes de saneamiento y depuración dañadas.

Comisión de Evaluación en Extremadura

  • Se crea una comisión específica en la Delegación del Gobierno en Extremadura para determinar qué municipios recibirán estas ayudas, según:
    • Magnitud de daños en infraestructuras.
    • Situación financiera del municipio.
    • Existencia de evacuaciones.

Medidas agrarias y ganaderas (capítulo III)

Este capítulo se aplica exclusivamente a municipios de Andalucía y Extremadura, por ser las zonas con mayor siniestralidad.

Ayudas principales para el campo extremeño

  • Ayuda extraordinaria y temporal para explotaciones agrarias afectadas (personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad).
  • Sistema de gestión ágil y directo, con menos carga administrativa.
  • Compensación del daño no cubierto por el seguro agrario, según peritaciones de Agroseguro.
  • Incremento de la subvención al seguro agrario hasta el 70% del coste de la prima.
  • Ayudas para restauración de caminos rurales, infraestructuras de riego y comunidades de regantes.
  • Medidas para paliar:
    • Saturación hídrica del suelo.
    • Retrasos en siembras.
    • Asfixia radicular y proliferación de patógenos.
    • Pérdida de capacidad productiva.

Ayudas a empresas y autónomos en municipios afectados

Aplicables también a Extremadura cuando el municipio sea declarado afectado.

Cuantías:

  • Autónomos: ayuda única de 5.000 €.
  • Empresas:
    • 10.000 € si facturan < 1 millón.
    • 20.000 € entre 1–2 millones.
    • 40.000 € entre 2–6 millones.
    • 80.000 € entre 6–10 millones.
    • 150.000 € si superan 10 millones.

Estas ayudas están exentas de IRPF e Impuesto de Sociedades.

Beneficios fiscales

  • Exenciones en IBI e IAE para inmuebles y actividades dañadas.
  • Devolución de recibos ya pagados en 2026.
  • Exención de tasas por:
    • Duplicados de DNI o permisos de circulación destruidos.
    • Bajas de vehículos dañados.
    • Certificaciones catastrales.

Medidas para entidades locales extremeñas

  • Compensación estatal por la pérdida de ingresos por exenciones fiscales.
  • Flexibilización de reglas fiscales para 2025–2027.
  • Posibilidad de usar el superávit municipal para inversiones relacionadas con la reparación de daños.